¿Se puede embargar una casa que no es del deudor?
Si el deudor no posee la propiedad que se le está embargando, el embargo no podrá llevarse a cabo. No obstante, si el deudor es el titular de la hipoteca de la propiedad ajena, el banco puede embargar la casa en cuestión.
No: Una casa que no es del deudor no puede ser embargada.
¿Cuando no se puede embargar una vivienda?
¿Cuándo no se puede embargar una vivienda?
En primer lugar, si la vivienda está a nombre de una persona fallecida, no se puede embargar.
En segundo lugar, si la vivienda está a nombre de un menor de edad, también está exenta de embargo.
Por último, si la vivienda es el único bien del deudor y es necesario para su subsistencia, también está protegida por ley y no puede ser embargada.
Para obtener más información, consulte el artículo 5 de la Ley 24.410.
¿Qué puedo hacer para que no me embarguen la casa?
¿Qué puedo hacer para que no me embarguen la casa?
Si te encuentras en una situación de impago, lo primero que debes hacer es ponerte en contacto con tu acreedor para intentar llegar a un acuerdo.
Explica tu situación y propón un plan de pago que te permita solucionar el problema de impago.
Si no llegas a un acuerdo, el acreedor podrá solicitar el embargo de tu casa. Sin embargo, antes de que esto ocurra, deberás recibir una notificación por escrito en la que se te informará de la intención del acreedor de embargar tu casa.
Una vez que hayas recibido la notificación, dispondrás de 20 días para ponerte en contacto con el acreedor y llegar a un acuerdo.
Si transcurren los 20 días sin que hayas llegado a un acuerdo con el acreedor, este podrá solicitar el embargo de tu casa ante el Juzgado.
Una vez que el Juzgado haya dictado la orden de embargo, se notificará a la Policía, que procederá a realizar el embargo de tu casa.
Una vez que se haya llevado a cabo el embargo, se realizará una subasta pública de tu casa, en la que el acreedor podrá optar a comprarla por un precio que, en ningún caso, podrá ser inferior al 60% del valor de mercado de la misma.
Si nadie compra tu casa en la subasta pública, el acreedor se convertirá en su propietario y podrá disponer de ella libremente.
Para evitar que te embarguen la casa, lo mejor que puedes hacer es ponerte en contacto con tu acreedor lo antes posible para intentar llegar a un acuerdo y evitar que se llegue a solicitar el embargo ante el Juzgado.
Para más información, puedes consultar este enlace.
¿Qué propiedades no se pueden embargar?
¿Qué propiedades no se pueden embargar?
Las propiedades protegidas por la ley
Las propiedades que están a nombre de una persona fallecida
Las propiedades que están a nombre de una persona incapacitada
Las propiedades que se encuentran bajo el control de una entidad gubernamental
Protección de Datos
¿Qué pasa si no hay nada que embargar?
¿Qué pasa si no hay nada que embargar?
Si usted no tiene ningún bien que pueda ser embargado por el acreedor, el acreedor puede pedirle a la corte que le ordene que pague la deuda.
Si usted no paga la deuda, el acreedor puede pedirle a la corte que le ordene que presente una declaración de bienes y hacienda.
Si usted no presenta una declaración de bienes y hacienda, o si la declaración no muestra que usted tiene bienes suficientes para cubrir la deuda, el acreedor puede pedirle a la corte que le ordene que pague una multa.
Si usted no paga la multa, el acreedor puede pedirle a la corte que le ordene que comparezca ante el tribunal para que se le pregunte por qué no ha pagado la deuda.
Si usted no puede presentar una buena excusa por no haber pagado la deuda, el juez puede ordenar que se le dé de baja en el Registro Público de Comerciantes y que se le imponga una multa.
Si usted no paga la multa, el acreedor puede pedirle a la corte que le ordene que pague los gastos de cobranza.
Si usted no paga los gastos de cobranza, el acreedor puede pedirle a la corte que le ordene que pague los gastos de cobranza y que comparezca ante el tribunal para que se le pregunte por qué no ha pagado la deuda.
Si usted no puede presentar una buena excusa por no haber pagado la deuda, el juez puede ordenar que se le dé de baja en el Registro Público de Comerciantes y que se le imponga una multa.
Si usted no paga la multa, el acreedor puede pedirle a la corte que le ordene que pague los gastos de cobranza.
Si usted no paga los gastos de cobranza, el acreedor puede pedirle a la corte que le ordene que pague los gastos de cobranza y que comparezca ante el tribunal para que se le pregunte por qué no ha pagado la deuda.
Si usted no puede presentar una buena excusa por no haber pagado la deuda, el juez puede ordenar que se le dé de baja en el Registro Público de Comerciantes.
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¿Se puede embargar una casa que no es del deudor?
No, no se puede embargar una casa que no es del deudor. Si el deudor no es el propietario de la casa, entonces la casa no puede ser embargada.
En principio, no se puede embargar una casa que no es del deudor. Sin embargo, si el deudor es propietario de la casa y está en mora de pago, el banco puede solicitar un embargo hipotecario.